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FISCALIZANDO AL FISCALIZADOR

by José Luis Enríquez Ambell

En 1999 el Presidente de México Doctor Ernesto Zedillo anunció la creación de la Auditoría Superior de la Federación (ASF), como un hito para garantizar la transparencia, el acceso a la información y la rendición de cuentas.

Esa propuesta presidencial, se concretó e interrumpió cerca de 200 años de la existencia de la Contaduría Mayor de Hacienda,- de antecedente colonial,- que era la oficina auditora de la Cámara de Diputados, y con la tarea de apoyar a legisladores en la supervisión y revisión de las finanzas, los gastos, la legalidad, la eficacia y eficiencia en las todas las operaciones gubernamentales.

Para estar a tono con la Federación, en Veracruz se creó en el 2000,- con el Gobernador Miguel Alemán Velasco,- el Órgano de Fiscalización Superior (ORFIS), como un organismo autónomo y con independencia para llevar a cabo funciones técnicas y rendir un informe al H. Congreso del Estado sobre el resultado de las auditorías que le practica a los Poderes, así como a los 212 municipios y todo ente fiscalizable. Órgano que sustituye a la Contaduría Mayor de Hacienda, homóloga de la desaparecida en el Congreso de la Unión.

El cambio aumentó la autonomía de gestión del nuevo ente y modificó sustancialmente la relación de dependencia que en el ejercicio de sus funciones tenían las Contadurías Mayores de Hacienda con la Cámara de Diputados o el H. Congreso del Estado, respectivamente. Lo anterior, con la finalidad de que los nuevos órganos puedan realizar su trabajo técnico y legal libre de cualquier presión u orientación y que pudiera traer inconvenientes a la selección, planeación y realización de las auditorías “focalizadamente.”

Así es como se puso en una vitrina la actuación de los órganos fiscalizadores, obligando a que sus informes sean públicos a partir de su presentación ante el Poder Legislativo, para que los interesados en el tema puedan dar seguimiento a la rendición de cuentas por parte de los servidores públicos. Hasta ahí todo queda muy claro, pero lo que sigue es saber ¿quién revisa al fiscalizador?

El tema cobra actualidad, recientemente la titular del ORFIS en Veracruz, Delia González Cobos -servidora pública con prestigio y mujer seria- declaró que “se investiga el actuar de los auditores de la pasada administración, al existir la sospecha de que deliberadamente pudieron haber integrado mal los expedientes y procedimientos de revisión, sin decir si no lo observaron en la entrega recepción.” Debieron ser investigados para deslindar posibles responsabilidades y proceder a sancionar a quien resultare responsable.

Ahora bien, al hacer observaciones hay la obligación de darlo a conocer al OIC (contraloría interna),- Emmanuel Vázquez Jiménez,- para que cité a quien corresponda y entonces de no solventar lo observado, iniciar la investigación.

Así pues, la mala integración de expedientes a qué etapa se referirá, ¿A la auditoría, a la investigación o a la sustanciación, o es contra del Auditor General anterior o al área jurídica, o cada ente que no procedió con su tarea ?

El terreno es escabroso; podría haber casos en que se discuta una cuestión de criterio o arbitrio opinable o debatible en dónde existan diversas soluciones o, pensando hacia adelante, este tipo de revisiones a las revisiones podría ocasionar que los auditores se inhiban de pronunciarse en tal o cual sentido respecto de un asunto en particular. De ahí la importancia de quién fiscaliza al fiscalizador.

Es muy delgada la frontera entre los procesos técnicos de fiscalización y el interés político, pero ambos enfoques deben respetarse.

¡ Es cuanto !

enriquezambell@gmail.com

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