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PRINCIPIO DE EFICACIA MÁS PRINCIPIO DE JUSTICIA, HACEN MEJOR DEMOCRACIA

by editor

¡Representación Mayoritaria y Proporcional
se complementan políticamente!

Por Francisco Berlín Valenzuela*

Tercera Parte

Argumentos críticos de la Representación Proporcional

Las críticas formuladas contra la R.P. son más amplias que los argumentos a favor, ya que parten además de las posiciones abstractas de las experiencias de su realización. Su sistematización nos conducen a enlistarlas de la siguiente manera:

1) Las que aluden a su complejidad técnica;
2) Las que hacen referencia a su funcionamiento;
3) Las que se basan en sus efectos secundarios;
4) Las que valoran experiencias concretas;
5) Las que enjuician los fundamentos teóricos de la R.P.

1) Críticas a la R.P. por su complejidad técnica. Está basada en el hecho de que todo escrutinio proporcional es en sí mismo complicado y complejo, por el empleo de mecanismos matemáticos, tendentes a aprovechar debidamente los sufragios emitidos y lograr la equidad en la distribución de los mismos. En el propósito de su perfeccionamiento, por medio de numerosas variantes, se ha llegado a la formación de sofisticadas operaciones aritméticas, que lo han distanciado de la sencillez que debe ser propia de todo sistema electoral.

Los electores, alejados de la ciencia de los números, no están en condiciones de comprender las fórmulas empleadas en los diferentes sistemas, haciendo del escrutinio una cuestión misteriosa que no entienden y que acaban haciéndolos indiferentes de su cercana intervención en el proceso electoral.

Como se advierte fácilmente esta crítica resulta razonable, la cual no tendrá solución, hasta en tanto no se inventen otras fórmulas más accesibles a la ciudadanía. Debemos no obstante, señalar que tal situación de la complejidad matemática no inhabilita la aplicación de la R.P., pues los beneficios que reportan su empleo son mayores.

2) Críticas referidas a su funcionamiento. Estos comentarios adversos a la R.P. se centran en su funcionamiento, de entre los cuales destacan la falta de vinculación entre electores y elegidos, ya que los candidatos son escogidos por los líderes de los partidos políticos, sin consultar a su membresía ni a la ciudadanía, quienes les son presentados a través de las listas elaboradas previamente por ellos, situación que se agudiza en las llamadas listas bloqueadas y libres que otorgan la decisión de su integración a los dirigentes partidistas, generando reducidas élites que concentran el monopolio de la decisión electoral.

En este aspecto, pensamos que el transplante de las élites de los partidos al seno del parlamento, desvirtúa las funciones de este importante órgano del Estado, al afectar la rígida disciplina que impone a sus miembros, limitándolos para ejercer libremente sus funciones legislativas, al desarrollar sus actividades no en función de los grandes intereses de la nación, sino de los particulares intereses de sus jefes políticos.

3) Críticas basadas en sus efectos secundarios. Tal vez estos comentarios diversos a la R.P. sean de los más consistentes, ya que efectivamente los resultados adversos que produce se encuentran avalados por la experiencia, en la que advertimos que fenómenos como la fragmentación de la opinión pública; la estratificación exagerada de la sociedad; la transformación de las elecciones directas por indirectas, debido a la interposición de los partidos y sus listas; la multiplicación y el fortalecimiento indefinido de los partidos y la inestabilidad de los gobiernos, no sólo constituyen serios inconvenientes para la vida política de un pueblo, sino que son consecuencias erráticas anormales, que los inventores del sistema no previeron.

Es de desearse que con el tiempo puedan irse corrigiendo y evitando estos defectos de la R.P., que hay que reconocer constituyen un obstáculo para la vida democrática de un pueblo.

4) Críticas que emanan de experiencias concretas.
Atendiendo a resultados de su aplicación en algunos países se le han señalado a la R.P. algunos aspectos negativos que están relacionados con su defectuosa implantación, lo que da lugar a la falta de su operatividad, en muchos casos debido a que los encargados de instrumentarla no supieron valorar adecuadamente la introducción de éste sistema electoral. La evaluación no puede entonces basarse en datos empíricos, por lo que las causas de su fracaso no deben ser atribuidas al sistema en si.

Basados también en la aplicación de la R.P., en ciertos países, algunos autores han sostenido que su tergiversación ha conducido a regímenes autoritarios, como sucedió en Italia en la época de Mussolini, al implantar el fascismo, por medio de una farsa electoral, eliminando el sistema de representación proporcional creado en 1919; lo mismo sucedió en Alemania en el seno del Reichstag, donde había varios partidos, entre los que estaban los socialistas, comunistas y católicos, que fueron suprimidos a la llegada de Adolfo Hitler al gobierno, quien al reunir todos los poderes en 1933, sólo permitió la existencia del nacional-socialista.

Lo circunstancial de estas críticas empíricas, creemos que tienen un valor muy relativo, pues es posible mencionar otros muchos países, que llevan ya mucho tiempo aplicando la R.P. sin haber llegado a los extremos autoritarios de los mencionadas naciones.

Sin embargo, no debe pasarse por alto, que a muchos líderes de regímenes autoritarios, no les agrada el sistema de la R.P., porque la representación de muchos partidos en el seno de los parlamentos o congresos, les significa mayores obstáculos para el ejercicio de su poder absoluto.

5) Críticas que enjuician los fundamentos teóricos de la R.P.
Estas posturas que censuran los fundamentos teóricos del sistema que comentamos, están centradas en los argumentos a favor que ya comentamos líneas arriba, los cuáles constituyen las ventajas del mismo, como son los de tipo axiológico, los del tipo ético y los funcionales que se refieren al pluralismo democrático.

Conclusiones:

De acuerdo a lo anteriormente expresado, es posible obtener algunas conclusiones, que resalten los aspectos más importantes de la representación proporcional como son:

Primera.- La R.P. en una sociedad pluralista, no debe ser considerada como un sistema electoral, opuesto a la representación mayoritaria, sino como un complemento de ella, a fin de integrar a las minorías en las diversas tareas de gobierno.

Segunda.- La coexistencia de los sistemas mayoritarios y proporcional, permite satisfacer los principios de eficacia de los primeros con los principios de justicia y equidad en la representación en la distribución del poder político.

Tercera.- La conservación de la Representación Proporcional, en el sistema electoral mexicano, aunque reducida en número, contribuirá a mantener un mejor equilibrio entre la gobernabilidad y la representatividad, necesario en todo régimen democrático.

Cuarta.- Personalmente, considero que sería preferible, volver a la integración de la cámara de diputados, con un porcentaje de 75% de miembros por el principio de mayoría y un 25 % de representación proporcional, volviendo al sistema anterior, en la que estaba compuesta por 300 de mayoría y 100 de R.P. Por cuanto, al senado se refiere, muy bien podrían eliminarse los llamados senadores de representación proporcional y de primera minoría, que desvirtúan la naturaleza de este órgano.

Seguramente este importante tema, será enriquecido con las opiniones de los talentosos lectores y amigos de las redes, que deseen participar, a fin de encauzar las mejores soluciones para el fortalecimiento de la democracia en México.

*Doctor en Derecho. Autor de libros sobre Derecho Electoral y Parlamentario. Director fundador de El Colegio de Veracruz y de la Casa de la Cultura Jurídica de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

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