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“EN LEGITIMA DEFENSA”

by Carlos A. Bravo Matus

Hartos de tanta inseguridad en el país y ahora con la dichosa amnistía que pretende liberar a delincuentes presos y no castigar a los que roben o dañen los bienes por menos de cincuenta mil pesos, los ciudadanos estamos indefensos ante la creciente ola de delincuencia que nos azota. Pero parece que al menos hay una luz en el camino al aprobar el congreso el derecho absoluto a la legítima defensa sin ser procesado penalmente. Ya desde hace un año, la senadora Sylvana Beltrones Sánchez había propuesto modificaciones al artículo 15 fracción IV del código penal federal así como a los artículos 16 y 34 que hablan de defensa por violencia intrafamiliar o feminicida y ahora se aprueba la reforma que permite que ante la intromisión de un intruso a la vivienda (ladrón, delincuente o no) que atente contra la integridad física o bienes patrimoniales, el morador podrá defenderse sin ser procesado penalmente, o sea que si se sorprende al intruso dentro de la casa incluido patio, techo y jardín, quien esté en la casa podrá repeler la agresión y defender sus bienes utilizando cualquier mecanismo o elemento que tenga a mano y golpear, herir e incluso matar al delincuente sin que sea imputado penalmente. Hasta ahora la modificación a la ley sólo aplica para casas habitación, incluyendo todo el predio, aunque ya se estudia que esa legítima defensa se extienda a negocios y vehículos propiedad de la víctima.

El objeto de esta iniciativa que también fuera propuesta por la diputada Libia Dennise García Muñoz Ledo, es fortalecer la figura de la legítima defensa en el código penal federal con enfoque en pro de la víctima.

Esta modificación, de cumplirse, es benéfica pues si bien anteriormente existía ya la figura de defensa propia ante una agresión de un delincuente, resulta que mientras se investiga, la víctima que se defendió es detenida y se le imputan lesiones y/u homicidio hasta que se aclare el caso, lo que ya no podrá ser una vez que se ponga en práctica la modificación a la ley descrita y que tendrá carácter federal debiéndose observar y cumplir en todos los estados de la federación.

De ser así, es algo positivo, máxime que los índices de delincuencia han crecido de manera incontrolable y lamentablemente las denuncias ante las autoridades respectivas, generalmente no evolucionan.

Ojalá y esta modificación entre en vigor rápidamente y también se apruebe la legítima defensa para quienes sufren de violencia intrafamiliar.

Referencia: http//www.senado.gob.mx/64/gaceta_del_senado/documento/83837

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