Inicio ColumnasCafé de Mañana DEL TEJAV FALTA DEFINIR LO LEGAL Y ADMINISTRATIVO

DEL TEJAV FALTA DEFINIR LO LEGAL Y ADMINISTRATIVO

by José Luis Enríquez Ambell
La Sesión del H. Congreso del Estado el lunes 24 de Agosto pasado resultó de las más importantes en la historia de Veracruz por el calibre de las decisiones tomadas, arropada con la presencia del Gobernador Don Cuitlahuac García y el Secretario de Gobernación Don Adán Augusto López.
La primera, fue aprobar y extender la presencia de las fuerzas armadas en labores de seguridad pública. La segunda, el no aprobar el Informe que rindió el ORFIS sobre la revisión de la cuenta pública 2021, incluida la del Gobierno Estatal y “la tercera,” reformar la Constitución Política y desaparecer el (TEJAV).
Esa última nos lleva a recapitular sobre la historia de la Justicia Administrativa en México y Veracruz. En lo federal se creó en 1937 el Tribunal Fiscal de la Federación que se regionalizo en 1978 y cambio de denominación a Tribunal Federal de Justicia Administrativa en el año 2000, incorporando funciones de responsabilidad administrativa de los servidores públicos y particulares.
En 1987 Veracruz contó con un Tribunal Fiscal, sustituido por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, y que formaba inicialmente parte del Poder Ejecutivo y después  con las reformas constitucionales (1997), se incorpora al Tribunal Superior de Justicia y en la reforma integral a la Constitución del año 2000  se convierte en un Tribunal Autónomo “contando desde entonces con Salas Regionales.”
Ahora bien, el rediseño del Sistema de Responsabilidades Administrativas de los servidores públicos y la creación del Sistema Nacional Anticorrupción tuvo su efecto en los Estados y tocó a Veracruz en 2017 crear el (TEJAV) y continuar la tramitación de los juicios del extinto Tribunal e imponer sanciones a los servidores públicos estatales como a  municipales y a particulares por la responsabilidad en la que incurran administrativamente, con autonomía en todas sus determinaciones.
El Dictamen del 24 de Agosto pasó por los cabildos antes de entrar en vigor, y en sus consideraciones señala que existió un incumplimiento de las expectativas esperadas y también poca funcionalidad en el combate a la corrupción por el TEJAV y la necesidad de una sala especializada en todas las responsabilidades administrativas. Y se dice que existió un nulo interés por sancionar de forma eficaz faltas administrativas y delitos por hechos de corrupción, muestra de incapacidad para atender y resolver los asuntos y trámites recibidos del entonces Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
El mismo Dictamen señala que el nuevo Tribunal implementará una plataforma digital de visualización de las sesiones en tiempo real al amparo de las nuevas tecnologías con la justicia, la economía procesal y presupuestal, la facilitación de los justiciables para el acceso a los expedientes y el trabajo en conjunto regional, sin la necesidad de trasladarse a otro lado, aunado a los principios de transparencia y publicidad que deben de permear en los procesos.
Se añade que existió “irresponsabilidad y falta de vocación de servicio” al no resolver juicios existentes y los nuevos. La Comisión “concluyó” en la necesidad de extinguir al TEJAV, y planteando el aumento en el número de magistraturas a seis (6) así como, la regionalización de Salas inclusive con la posibilidad de contar con una sección especializada de responsabilidad administrativa.
“La intención de mejorar la impartición de justicia administrativa en Veracruz es inobjetable,” indicadores internacionales como el de World Justice Project, dice que nuestro país ha descendido al lugar 115 de 140 países evaluados.
En resumen, el Dictamen de la reforma constitucional avizora que se avecinan reformas en materia procesal y que habrá que estar muy pendientes de todos los recursos presupuestales que se destinen para la nueva estructura administrativa y sus requerimientos tecnológicos.
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¿ La justicia pidiendo justicia ?
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