- Se auto autorizó pagos por una diferencia de $8,598,761.08
- No ejerció en su totalidad los recursos recibidos de la federación
- Existe un saldo no ejercido conciliado de $1,438,829.85
Por Miguel Angel Cristiani Gonzalez
Dos son los asuntos en los que la mayoría de los 212 ayuntamientos del estado de Veracruz, incurren en irregularidades que han sido detectadas por el Órgano de Fiscalización del Congreso del Estado, el ORFIS, se trata de los llamados “Servicios Personales -que en realidad son los sueldos y compensaciones que se auto autorizan los miembros del cabildo- y el otro tema es el de los presupuestos en obras públicas.
Así queda de manifiesto en el más reciente informe particular de las Cuentas Públicas de los municipios correspondientes todavía al año 2020 y que fueron recientemente aprobadas por el pleno de los diputados locales.
En el caso del ayuntamiento de Coatepec, no es la excepción y las observaciones que se le hacen a la actual administración son precisamente en los rubros de obras públicas, presupuestos y gastos en sueldos y prestaciones que se auto autorizaron por varios millones de pesos por encima de lo autorizado.
Destaca la Observación Número: FM-038/2020/034 ADM, que textualmente dice: “Con base en el Estado analítico del Ejercicio del Presupuesto de Egresos (Clasificación por Objeto del Gasto), contenido en la Cuenta Pública 2020, se detectó que el presupuesto pagado, por el Ente Fiscalizable, en Servicios Personales al cierre del ejercicio, es superior a la asignación global de servicios personales aprobada originalmente en el Presupuesto de Egresos; incumpliendo presuntamente los servidores públicos y/o ex servidores públicos con lo dispuesto por los artículos 13 fracción V y 21 segundo párrafo, de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Así tenemos que para el pago de los llamados “Servicios Generales” el Congreso aprobó un presupuesto por $101,832,228.23, pero el cabildo de Coatepec se auto autorizó un pago por $110,430,989.31 lo que hace una diferencia de $8,598,761.08.
Como es sabido, el Congreso del Estado publicó en la Gaceta Oficial del Estado Número Extraordinario 522 de 31 de diciembre de 2019, la Ley de Ingresos del Ente Fiscalizable -Coatepec- en la que aprobó que recibiría un monto de $230,280,139.85 para el ejercicio 2020, por concepto de ingresos de gestión, incluyendo las aportaciones federales del Ramo 33.
De acuerdo con la Gaceta Oficial del Estado Número Extraordinario 046 de 31 de enero de 2020, la asignación de recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF) para el municipio de Coatepec fue por un importe de $46,777,377.00 y del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF) de $63,882,087.00.
Del mismo modo y de acuerdo con lo establecido por la Ley de Coordinación Fiscal para el Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FORTAMUNDF), los recursos deben ser ejercidos en los términos aprobados por el Cabildo y destinados exclusivamente a la satisfacción de sus requerimientos, dando prioridad al cumplimiento de sus obligaciones financieras, al pago de derechos y aprovechamientos por concepto de agua y a la atención de las necesidades directamente vinculadas con la seguridad pública de sus habitantes, por lo que se determinó que el Ente Fiscalizable:
En otra de las 20 observaciones al ayuntamiento de Coatepec, la Número: FM-038/2020/008 DAÑ, “Conforme a registros contables, conciliación bancaria y estado de cuenta bancario número 1090956079 del Banco Mercantil del Norte, S.A., existe un saldo no ejercido conciliado de $1,438,829.85; lo que demuestra que el Ente Fiscalizable no ejerció en su totalidad los recursos recibidos, por lo que no cumplió con el principio de Anualidad; además, no fue reintegrado a la Tesorería de la Federación (TESOFE); incumpliendo presuntamente los servidores públicos y/o ex servidores públicos con lo dispuesto por los artículos noveno transitorio, fracción V de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, 54 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, 7 y 8 del Presupuesto de Egresos para la Federación del ejercicio 2020 y 17 de la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios.
Así las cosas, con los que ya se van, pero no se van a poder ir, porque antes tendrán que aclarar sus cuentas y cuentos, de las irregularidades detectadas en las auditorías del ORFIS a las cuentas públicas del año pasado, más las que se acumulen en las de este año.
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