Consideraciones sobre las ventajas y desventajas que ha mostrado el nuevo sistema de Justicia oral adversarial acusatorio en México

Conforme al artículo tercero transitorio del decreto de promulgación del Código Nacional de Procedimientos Penales existe una obligación del Estado de hacer una evaluación periódica de la implementación del sistema y sus resultados. En ese entorno es que resulta conveniente analizar las circunstancias que se han podido observar en la implementación del sistema.

Una de las primeras características que hemos visto es que como era de esperarse en el sistema adversarial es notorio que existe una falta de preparación por parte de los cuerpos de policía en el país en sus intervenciones como primeros respondientes y esto obedece a un problema de vicios que se venía arrastrando desde el sistema inquisitivo. Esa responsabilidad corresponde sustentarla y solventarla a las policías del país, la cuál implica que no existe suficiente preparación por parte de los cuerpos de policía. También es necesario hablar con franqueza muchos de los cuerpos de policía están entre integrados por personas de muy escasa instrucción y por lo tanto le resulta más complicado entender los cursos que se dan respecto a la participación del primer respondiente y el llenado del informe policial homologado o IPH. Los cursos deben ser adecuados al lenguaje de los educandos.

Los sistemas judiciales del sistema adversarial han mostrado un mejor manejo conforme más experiencia tienen en la aplicación de la ley. Los órganos judiciales que mayores problemas enfrentan son los cuerpos judiciales que lo  implementaron más tardíamente. Una sugerencia sobre esto es la realización de foros judiciales virtuales, donde se compartan experiencias y vivencias por parte de órganos y operadores judiciales.

Otra de las cuestiones que se ha observado es la alta carga de trabajo que tienen las llamadas Unidades de Gestión Judicial o los Centros judiciales cómo se les guste llamar, pues son unidades que requieren que sus puestos sean redefinidos y sean revisados sus manuales de operación, para hacer más eficientes sus labores.

Se observa que el sistema adversarial en materia de justicia para adolescentes, ha sido implementado a nivel local por los Estados y la Ciudad de México pero hay una clara ausencia de aplicación de la ley en cuanto al sistema federal esto es un incumplimiento de las obligaciones asumidas en tratados internacionales y requiere una pronta atención. Se ha escuchado decir que cómo no existe estadísticas de incidencias de menores en conflicto con la ley penal pues no se requiere su implementación. Nada más falso y carente de lógica que eso. Es obvio que no existen estadísticas federales porque no se han creado las autoridades federales para atenderlo, pero existe una alta incidencia en de casos federales que tienen que ser judicializados ante autoridades locales, lo cual carece de toda lógica.

 

Hay un tema que ha sido conocida como la puerta giratoria ante los medios de comunicación y que de forma indebida en la mayoría de los casos se atribuye este efecto a la autoridad judicial, cuando cualquier operador que conoce el sistema habrá podido darse cuenta que la puerta falsa es consecuencia de la falta de implementación dentro de las fiscalías de las bases de datos que proporcionen información oportuna a la autoridad judicial para poder resolver. Por lo tanto es falso que sea una deficiencia de los jueces sino más bien de las fiscalías y que por obvias razones las autoridades judiciales no desean entrar en polémica con las fiscalías, pero alguien tiene que decirlo esta es una grave deficiencia de casi todas las fiscalías del país.

La pandemia ha hecho notorio el grave problema que existe en algunos tramos del procedimiento adversarial dentro de esos problemas podemos encontrar el principio de publicidad que se ha enfrentado con el de la sanidad y protección de la víctima e imputado, de operadores y partes procesales. Consideramos qué debe salvaguardarse el principio de publicidad y en el caso de que las audiencias sean virtuales, también se permita la asistencia de público de manera virtual previo registro, de tal manera que se pueda proteger este importante principio que da transparencia a los juicios.

Es notorio también qué algunos sistemas judiciales del país no han implementado la publicidad de las versiones públicas de sus resoluciones que den transparencia a la actuación judicial lo cual sería muy importante bien sea para defender la actuación judicial o para demostrar errores o faltas que se cometen.

A la fecha se ha notado qué existe el riesgo de una saturación de los órganos judiciales y esto en razón de que los poderes legislativos han Claudicado a sus deberes de vigilar la aplicación de la ley. Existen muchos tipos penales que no deberían llegar a los sistemas de Justicia oral y que podrían ser competencia de la justicia cívica, incluso considerar la creación de una justicia de poca cuantía federal que no existe hasta la fecha y en la cual podrían atenderse asuntos de poca pena de prisión, para simplificar los procedimientos y descargar a los jueces de control y tribunales.

En cuanto a la capacitación de los operadores es importante observar que en muchos casos la figura del asesor jurídico denota una gran falta de preparación y tiene que ser superada. Es uno de los eslabones más débiles que afecta a las víctimas del delito. También es importante que los jueces sean un poco más estrictos para saber si las partes procesales están capacitadas para litigar en una audiencia oral y evitar afectaciones al derecho de defensa porque las personas simplemente no saben cómo comportarse en la audiencia o desconocen qué es lo que tienen que alegar en cada una de las etapas del juicio y en las etapas previas a él, quizás podrían implementarse exámenes mínimos de conocimientos para autorizar su participación.

También es importante que los tribunales superiores de Justicia y el Poder Judicial

 

federal preparen una labor de publicidad de las acciones y resultados judiciales que reduzcan las agresiones oportunistas de políticos y acusaciones infundadas de periodistas cuando en realidad lo que la mayoría de los jueces hacen es resolver conforme a la ley

Concluiríamos qué es notorio que el sistema adversarial a pesar de ser un gran avance en materia de justicia, se encuentra en grave peligro por qué algunas personas que desconocen el sistema creen que no es útil. Es labor de los operadores defenderla ante los medios de opinión Porque son un beneficio para toda la sociedad del país.

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