Senado aprueba versión ‘lite’ del impuesto digital: sería menor a lo previsto

Además, los senadores autorizaron que se dé un plazo de seis meses para que puedan adecuar sus plataformas para la retención del impuesto.

Los senadores aprobaron el dictamen que da luz verde a la aplicación de un impuesto a las plataformas digitales, aunque decidieron reducir la tasa de retención del Impuesto sobre la Renta (ISR) propuesta por los diputados.

El pleno del Senado aprobó la madrugada de este viernes la denominada Miscelánea Fiscal con 59 votos a favor, 34 en contra y siete abstenciones, aunque con cambios al proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del ISR, de la Ley del Impuesto al Valor Agregado, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios y del Código Fiscal de la Federación.

Sin embargo, los senadores realizaron diversos cambios a las distintas leyes mencionadas, como fue el ajuste a la tabla de las tasas de retención en prestación de servicios por internet, mediante plataformas tecnológicas, aplicaciones informáticas y similares, como son Netflix, Amazon, MercadoLibre, Uber y otros.

De acuerdo con el ajuste de la propuesta, se establece que mensualmente estos prestadores de servicios tendrán que pagar diversos porcentajes que se redujeron de la siguiente manera:

  • pasa de 1% a 0.4% hasta lo que ganen por hasta 1,500 pesos
  • de 2.3 a 0.5% hasta 5,000 pesos
  • de 2.8 a 0.9% hasta 10,000 pesos
  • de 4 a 1.1% hasta 25,000 pesos
  • de 8.4 a 2% hasta los que obtengan 100,000 pesos
  • y de 15.4 a 5.4% a los que ganen más de 100,000 pesos

Además, los senadores autorizaron que se dé un plazo de seis meses para que puedan adecuar sus plataformas para la retención del impuesto.

Sin embargo, las tablas para hospedaje por internet y para transporte quedan igual, es decir, de acuerdo con la minuta que envió la colegisladora, en el caso del transporte como Uber, Didi y otras plataformas de este tipo, la tasa de retención mensual será de 2 por ciento hasta 5,500 pesos; 3% hasta los 15,000 pesos; 4% hasta 21,000 pesos, y de 8% a los que perciban más de 21,000 pesos.

En hospedaje por internet, la retención será de 2% (hasta 5,000 pesos), 3% (15,000 pesos), 5% (hasta 35,000 pesos) y 10% (más de 15,000 pesos).

También se aprobó otra reserva que presentó el senador de Morena, Alejandro Armenta, que establece que el Servicio de Administración Tributaria emitirá las reglas de carácter general para estas nuevas disposiciones en los servicios por internet a más tardar el 31 de enero de 2020, en lugar de marzo del mismo año, como habían aprobado los diputados.

El pleno del Senado también aceptó un cambio planteado por la senadora del PES, Sasil de León Villard, al artículo 113 de la Ley del ISR para aplicar una tasa de retención máxima del 5.4% por los ingresos que reciben los contribuyentes que enajenan bienes o prestan servicios a través de internet, mediante plataformas tecnológicas o aplicaciones, y no del 15% como lo proponía la minuta.

Ante las modificaciones, el proyecto regresará a la Cámara de Diputados para una nueva evaluación y votación.

Con información de Notimex.

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