El Régimen de seguridad social en Veracruz está basado en un Sistema de Reparto, también conocido como Sistema de solidaridad intergeneracional, o de Beneficio definido.
1.- Las Contribuciones de los trabajadores sirven para pagar a los pensionados
Este sistema se organiza a partir de contribuciones obligatorias que deben realizar los trabajadores en activo y su patrón (en este caso el Gobierno del Estado y demás Entes Públicos incorporados) con las que se constituye un fondo para pagar las pensiones de los trabajadores que se van retirando. Es decir, las contribuciones de los trabajadores actuales pagan las pensiones de los jubilados actuales, en la expectativa de que cuando estos trabajadores que hoy pagan las pensiones de los retirados, pasen a formar parte de la población jubilada, reciban también su pensión de la misma manera, es decir, con las aportaciones de nuevos trabajadores. Dicho de otro modo, existe “un contrato intergeneracional implícito, en virtud del cual, a cambio de las aportaciones que los trabajadores realicen durante su etapa activa, recibirán una pensión pagada por los que estén en activo en cada momento” (Devesa 2008).
Lo anterior significa que las cotizaciones de los trabajadores no se destinan a formar un fondo individual de ahorro que estaría disponible e inalterado para el momento de su retiro. Por el contrario, el Sistema, al constituirse como de solidaridad intergeneracional, depende de un fondo que exige que exista una proporción razonable entre el número de trabajadores en activo y los que ya reciben una pensión, de modo que las aportaciones actuales sean suficientes para pagar las pensiones actuales. En otras palabras, sólo existen garantías financieras mientras existan personas activas que realicen las aportaciones necesarias.
2.- Lo cotizado como trabajador es inferior a lo que se recibe como pensión
Una particularidad de este sistema es que no existe una relación entre las cotizaciones del trabajador y lo que efectivamente recibe al momento de su jubilación, puesto que la aportación realizada por él y su patrón es sólo una proporción relativamente reducida de su sueldo, mientras que la pensión que recibirá, será del 100% de su salario percibido.
3.- El monto de la pensión es superior al último salario recibido
Adicionalmente, el monto de la pensión resulta ser superior al salario que se tenía como trabajador activo, debido a que los pensionados se han venido jubilando con el último sueldo de su carrera, al cual se le suman una serie de asignaciones complementarias de diversa índole (antigüedad, quinquenios, asignación docente, etc.). Pero, además, el monto de la pensión por jubilación tiende a ser mayor que el salario, ya que no se le descuenta el 12% de contribución personal al IPE que hace como trabajador activo, ni el 3.25% a que equivale el pago del seguro médico que se paga como trabajador, ya que el gobierno del estado subsidia este servicio para los pensionados. Adicionalmente, el impuesto a la renta considera tres salarios mínimos como monto exento para los trabajadores activos, el que se eleva a nueve salarios mínimos para los pensionados.
4.- El déficit es resultado de una remuneración inferior a la pensión
En la medida que la remuneración individual promedio de los trabajadores activos es inferior al monto individual promedio de cada pensión, las contribuciones resultan ser insuficientes para generar los ingresos que se requieren. En este sentido, la tasa de reemplazo en Veracruz, en 2016 era de 135%, lo cual indica un desequilibrio muy grande que deriva en un déficit ya mencionado. Esto es resultado de que en el Estado de Veracruz, el sueldo promedio de los trabajadores afiliados al IPE es de 10,529 pesos mensuales, mientras que la pensión promedio es de 14,188 pesos mensuales (Valuaciones Actuariales del Norte, 2017):
En este sentido, hay que mencionar que, a nivel mundial, es usual que los sistemas de pensiones se diseñen para otorgar pensiones equivalentes a un monto que oscila entre el 40 y el 75% de los sueldos promedios ganados durante la vida laboral. Ello debido a que se considera que el sistema de pensiones no debería tener como propósito necesariamente otorgar una pensión equivalente al 100% de los ingresos de la vida laboral, sino sólo una fracción de ésta, dado que las personas mayores ya no tienen hijos que educar, son propietarias de su vivienda, ya han adquirido la mayor parte de los bienes durables domésticos y tampoco tienen grandes compromisos sociales. Por eso se considera razonable que la base de la pensión se determine por el ingreso promedio de la vida laboral (Kopits, Cubeddu y Haindl, 2000).