CUOTAS DE GÉNERO Y LA PARIDAD EN MÉXICO (parte 2 última)

Etapa  4.-Las historia de las cuotas de género.

Esta etapa es descriptiva de lo que en el tiempo realizaron especialmente las legisladoras en el Congreso de la Unión, en el ánimo de lograr la igualdad plena. Por lo tanto, a inicio de la década de los 90, las mexicanas generaron acciones afirmativas, que les permitieron acercarse al logro de la paridad.  Para ello, la incorporación paulatina a través de la cuota de género fue el mejor camino para lograrla. Esta etapa o proceso, incluyó 5 fases:

Fase primera. La primera iniciativa, surge en 1993 en la LV Legislatura Federal, de mayoría priista, en la modificación al Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (COFIPE) que agrega la fracción XXII transitoria, dejando previsto que: “los partidos políticos promoverán en los términos que determinen sus documentos internos, una mayor participación de las mujeres en la vida política del país a través de la postulación a cargos de elección popular”. (COFIPE, 1993).  La propuesta la presenta Guadalupe Gómez Maganda del PRI en el Senado de la República.

Fase segunda. El extraordinario logro de 1996, en la LVI Legislatura, que pugnó por la modificación a la fracción XXII Transitoria del COFIPE, para estipular por primera vez una cuota: Los partidos políticos nacionales considerarán en sus estatutos que las candidaturas por ambos principios a diputados y senadores, no excedan del 70% para un mismo género. Asimismo promoverán la mayor participación política de la mujer”. Por otra parte y como consecuencia de la Cumbre Beijing de 1995, las legisladoras  logran un espacio al interior del Congreso de la Unión, primero en el Senado de la República en octubre de 1995 creándose la Comisión de Equidad de Género, con el apoyo de María de los Ángeles Moreno Uriegas. En la Cámara de Diputados se logra en 1997, primero como Comisión Especial y cambiándose a Ordinaria en 1999 al reformarse el art. 45 de la Ley interior. A partir de ese hecho en todos los Congresos federales y locales, esa instancia la hacen valer las Legisladoras.

Fase tercera. En 2002, siendo Presidente Vicente Fox, se modifican los artículos 4, 38 y 175, adicionando a este último los incisos A, B, y C. Asimismo, agregándose dos incisos al párrafo 1 y reformándose el párrafo 3 del artículo 269 del propio precepto. En esta modificación se hace válida la  propuesta de la obligatoriedad de los partidos políticos de garantizar, que las candidaturas por mayoría y de representación no excedieran del 70% para cada sexo.

Fase cuarta. El 4 de marzo de 2005, las priístas lanzan un gran mensaje al país, y logran en la19 Asamblea Nacional del PRI celebrada en la ciudad de  Puebla, Pue.,   —venciendo resistencias–lograr la paridad en su Estatuto. Quedando así su artículo 42: “En los cargos de elección popular y de partido se garantizará la presencia de un 50% de cada género.” Iniciativa única en un  partido político en México y en Latinoamérica.

Fase quinta. En 2008, ya en el gobierno federal de Felipe Caderón se modifica el artículo 219 para establecer la proporción del 40 % de candidaturas propietarias de un mismo género, quedando exceptuada de esta disposición las candidaturas que emergieran de un proceso electivo democrático conforme a los estatutos de sus partidos. El artículo 220 definió en las candidaturas de representación proporcional los segmentos de 5, incluyendo en éstas 2 candidaturas de distinto género. El artículo 221 estableció además en su párrafo 1, que en caso de incumplimiento se apercibiría y se haría una amonestación pública; y el párrafo 2, que dejaba prevista la negativa del registro en caso de incumplimiento de los artículos previos.

Etapa 5.- La voluntad gubernamental para hacer realidad la paridad constitucional en México.

Las mexicanas han entendido que detrás de cada logro que obtienen a favor de su mejoramiento social, económico y político en la historia, siempre ha existido la voluntad política de los gobiernos nacionales y de quienes los encabezan, que junto con las impulsoras de cada iniciativa han permitido los mejores acuerdos. Luego entonces el hacer realidad la paridad implicó un proceso que incluyó dos fases:

Fase primera. La reforma político-electoral promulgada el 31 de enero de 2014 por el Presidente Enrique Peña Nieto, de elevar a rango constitucional la garantía de la paridad entre mujeres y hombres en las candidaturas a la Cámara de Diputados, Senado y Congresos Estatales, sienta un precedente invaluable. El artículo 41 Constitucional establecía ya que en adelante: “los partidos políticos tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal , libre, secreto y directo, así como las reglas para garantizar la paridad entre los géneros, en candidaturas a legisladores federales y locales”.

Dicha reforma, es justo reconocer, se debió a la coordinación de esfuerzos de los integrantes de las Cámaras de Senadores y Diputados en especial de las Legisladoras de todos los partidos, de aprobar la iniciativa emitida en Diciembre de 2013 por el Presidente Peña, para hacer realidad un viejo reclamo de las mexicanas,  pero principalmente de las mujeres de su partido, de ahí que la reforma de 2014, significó un gran avance legal definitivo, al elevar al 50% el porcentaje para inscribir candidaturas de un solo sexo, además de que los partidos debían proponer en cada fórmula candidatos propietario y suplente del mismo género, y en la listas plurinominales habrían de alternarse varones y mujeres. Con esta reforma al fin se  garantizaría el equilibrio de géneros en las representaciones políticas.

Fase segunda. Sin embargo, en las elecciones federales de 2015 no se percibió con claridad aun el cumplimiento y efectividad del equilibrio de la paridad, incluso aumentó la violencia política contra las mujeres. Pero sí se logró el respeto a la igualdad de la presencia de hombres y mujeres en las candidaturas. Sólo en el Estado de Tabasco, se logró la paridad de género en el Congreso Estatal, por lo que ésta se convirtió en la entidad a la vanguardia en la materia.[1]

Es en la elección de 2018,  en donde a nivel federal y local fructifican los esfuerzos. El número de distritos ganados por mujeres aumentó en cifras absolutas y el equilibrio en las posiciones de representación proporcional hizo que actualmente la integración del Congreso Mexicano (LXIV Legislatura), prácticamente se hace realidad dicha igualdad o paridad: Cámara de Diputados de 500 curules 241 son mujeres representado el 48.2 %. Y en la Cámara de Senadores, de 128 integrantes 63 son mujeres siendo el 49.2%. Cifra jamás alcanzada en la historia política del país.

Etapa 6. La paridad en todos los órdenes de gobierno.

Pero aún faltaba extender la paridad a los cargos de los 3 poderes u órdenes de gobierno.  Desde el 26 de febrero de 2019, diputadas de todos los partidos discutían en la agenda de la LXIV Legislatura algunas propuestas relacionadas con la paridad: a) en servicios profesionales de carrera del Congreso de la Unión y b)  en el poder Judicial de la Federación.  Sin embargo, es hasta el 8 de marzo, en el Senado de la República en que se genera la iniciativa de ley para que en todo el país la paridad de género fuera obligatoria en los diversos órdenes públicos y en organismos autónomos.

Ello se logra al aprobarse el 14 de mayo de 2019 en el Senado de la República, y el 23 de mayo en la Cámara de Diputados,  las reformas que garantizan la paridad de género en los tres órdenes de gobierno, debiendo ratificarse en los Congresos locales. Una vez cubierto el requisito de aprobación de los Congresos locales , el pasado 5 de Junio finalmente, el Presidente de la Comisión Permanente de la Cámara de Diputados, notifica a la Secretaría de Gobernación lo siguiente: “…la declaratoria de aprobación del Proyecto de Decreto en que se  reforman los artículos 2, 4, 35, 41, 52, 53, 56, 94 y 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de paridad de géneros…concluida la declaratoria que dispone el artículo 135 constitucional, se dicta el siguiente dictamen: “Publíquese en el Diario Oficial de la Federación”.

Esta declaratoria, representó sin duda el cumplimiento de un sueño y logro anhelado y sobre todo un gran aliciente para las mexicanas, siendo el mejor reconocimiento a las mujeres valiosas y valientes que en el pasado lejano y reciente han luchado por ese objetivo;  logros que en adelante,  gozarán éstas sin excepción.

Pero cada logro genera compromisos. Hoy las mujeres y en particular quienes están inmersas en la vida política del país, en las entidades y los municipios, tienen un compromiso qué cumplir: apoyar para que las generaciones del presente y futuro se preparen fortaleciendo sus capacidades y valores, para que cada mujer que ocupe en adelante un espacio de representación popular o en la acción gubernamental, responda siempre con creces a la confianza por su preparación, madurez, honestidad, experiencia y sensibilidad.

Igualmente se debe continuar incidiendo de manera significativa en la cultura social y política, para que esa igualdad y paridad no genere competencia entre hombres y mujeres, por el contrario, logre colaboración y respeto mutuo para construir juntos el país que merecemos y que hoy nos convoca a la unidad, al trabajo y a la responsabilidad para enfrentar los grandes problemas que padecemos.

Porque más allá de partidos políticos y diferencias ideológicas o políticas, mexicanos y mexicanas desde cada trinchera,  deben hacer lo propio para que México resurja como el país de las grandes oportunidades, garante del desarrollo, de la justicia  y la paz que hoy demandan sus ciudadanos.

Gracias y hasta la próxima

Fe de erratas.- Parte 1.- Se omitió no intencionalmente a Marcelina Galindo Arce, del Estado de Chiapas siendo la cuarta diputada federal electa en 1955. Se corrige el nombre de la Diputada Guadalupe Urzua Flores. El mínimo de estados para aprobar la iniciativa era de 17 congresos locales, aunque la reforma la avalaron 21. Igualmente se omitió un dato muy valioso: de1999 a 2000, operó la Comisión Nacional de la Mujer dentro de la SEGOB con Guadalupe Gómez Maganda al frente, como un precedente definitivo para la creación del Instituto Nacional de la Mujer. Y cabe mencionarse que la creación de dicho Instituto, fue una demanda ancestral de las mexicanas, pero principalmente de las priistas y,  la última ocasión que éstas lo exigieron,  fue a Ernesto Zedillo Ponce de León  Presidente de México, el 8 de marzo de 2000 en Los Pinos, estando ya muy próxima la elección presidencial. Lamentablemente no lo aceptó y se perdió el honor de pasar a la historia, en el tema.

[1] http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1665-80272016000100013

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